El Boletín de Información del Instituto de Contabilidad y Auditoría de Cuentas (BOICAC) N.º 138/2024 ha abordado el tratamiento contable del Programa Kit Digital, una iniciativa diseñada para fomentar la digitalización de pequeñas empresas, microempresas y autónomos en España.

¿Qué es el Programa Kit Digital?

El Programa Kit Digital, regulado por la Orden ETD/1498/2021, de 29 de diciembre, tiene como objetivo impulsar la adopción de soluciones digitales mediante ayudas económicas. Estas ayudas se otorgan a las empresas en función de su tamaño y se materializan en un «bono digital», el cual solo podrá hacerse efectivo cuando el Agente Digitalizador, en nombre del beneficiario, justifique correctamente la aplicación de los fondos.

En el proceso participan tres actores principales:

  • Empresas beneficiarias: reciben la ayuda para contratar soluciones digitales.
  • Agentes digitalizadores: proveen las soluciones tecnológicas y presentan la justificación para el cobro.
  • Entidades colaboradoras: ayudan en la gestión de las ayudas.

Una vez suscrito el Acuerdo de Prestación de Soluciones de Digitalización, que detalla las funcionalidades a implementar, plazos, obligaciones y la aplicación del bono digital, el Agente Digitalizador Adherido procederá a la ejecución del servicio.

El pago de la solución contratada se realiza mediante la cesión del bono digital al agente digitalizador, quien recibe la parte subvencionada directamente, mientras que el beneficiario deberá abonar los costes no cubiertos por la ayuda.

Durante la ejecución del proyecto, el Agente Digitalizador deberá justificar las acciones realizadas, presentando la documentación exigida. Una vez revisada y validada, recibirá el importe correspondiente del bono digital

Tratamiento Contable del Programa del Kit Digital:

Bono Digital

Desde una perspectiva contable, el bono digital debe registrarse siguiendo la Norma de Registro y Valoración (NRV) 18.ª del Plan General de Contabilidad (PGC), referente a subvenciones, donaciones y legados recibidos.

Las subvenciones pueden clasificarse en dos tipos:

  1. Subvenciones reintegrables: Se contabilizan como un pasivo hasta que se cumplan las condiciones que las hagan no reintegrables.
  2. Subvenciones no reintegrables: Se reconocen como ingresos directamente imputados al patrimonio neto y se llevan a resultados de manera correlacionada con los gastos derivados de la ayuda.

Criterios de imputación a resultados y sus consecuencias

El registro contable del bono digital depende de su finalidad y puede impactar directamente en la cuenta de resultados de la empresa:

  • Si financia gastos específicos, se imputa como ingreso en el mismo ejercicio en que se produzcan dichos gastos, afectando directamente el resultado operativo.
  • Si se destina a la adquisición de activos, se imputa en proporción a la amortización del activo o cuando se produzca su baja en balance, lo que influye en la depreciación y en la estructura financiera de la empresa.
  • Si se usa para cancelar pasivos, se reconoce en el ejercicio en que se produzca dicha cancelación, mejorando la solvencia y reduciendo el endeudamiento financiero.

Impacto contable del Programa del Kit Digital y consideraciones adicionales

El correcto registro del bono digital es fundamental para reflejar adecuadamente la situación financiera de la empresa. Un tratamiento contable inadecuado podría derivar en distorsiones en los estados financieros, afectando la percepción de solvencia y rentabilidad. Además, es clave proporcionar información clara en la memoria de las cuentas anuales, asegurando la transparencia y cumplimiento normativo.

Las empresas beneficiarias deben registrar el bono digital adecuadamente, asegurando el cumplimiento de los requisitos contables y proporcionando información detallada sobre su impacto en la cuenta de resultados y en la estructura patrimonial. La aplicación correcta de estas normas no solo garantiza la transparencia financiera, sino que también permite reflejar la imagen fiel del patrimonio, la situación financiera y los resultados de la empresa.

Desde nuestra firma de auditoría, analizamos de forma periódica las resoluciones más relevantes del BOICAC.