La resolución del BOICAC Nº 138/2024, datada en julio de dicho año, aborda una consulta clave sobre el tratamiento contable de reformas en alquiler, en la que el arrendatario financia una obra en el inmueble y compensa su coste con la renta del contrato.
Esta situación, cada vez más común, plantea interrogantes sobre cómo debe registrarse en la contabilidad del arrendador operativo. Desde nuestra firma de auditoría, analizamos el impacto de esta resolución y su correcta aplicación en la contabilidad empresarial.

¿Cómo se trata contablemente una reforma en un alquiler?
La consulta trata sobre un arrendatario que paga una reforma en el inmueble alquilado, acordando con el arrendador que el importe de la obra se descontará del alquiler. El Instituto de Contabilidad y Auditoría de Cuentas (ICAC) establece que esta operación debe tratarse como un anticipo en especie y aplicarse de la siguiente manera:
- El arrendador debe reconocer el valor de la reforma en su contabilidad, ya que supone una mejora en el inmueble.
- Si la obra implica la sustitución de elementos preexistentes, estos deben darse de baja contablemente.
- A medida que el arrendatario compensa la renta con la inversión realizada, el arrendador reduce el anticipo recibido y reconoce el ingreso correspondiente.
- El mayor valor del inmueble debe ser considerado en los cálculos de amortización.
Importancia del tratamiento contable de reformas en alquiler
Aplicar correctamente esta normativa contable garantiza que:
- Se refleje adecuadamente el impacto financiero de la reforma en los estados contables.
- Se eviten errores en la declaración de ingresos y en la amortización del activo.
- Se cumpla con la normativa del Plan General de Contabilidad (PGC) y las resoluciones del ICAC.
¿Cómo puede afectarte esta resolución contable?
Si tienes contratos de alquiler en los que se acuerdan reformas como parte del pago de la renta, es fundamental que apliques el tratamiento contable adecuado para evitar inconsistencias en tu contabilidad y posibles problemas fiscales.
Desde nuestra firma de auditoría, analizamos de forma periódica las resoluciones más relevantes del BOICAC.